La imposibilidad epistemológica del juicio político a la Corte Constitucional
DOI:
https://doi.org/10.26871/directum.v3.n1.19Palabras clave:
Corte Constitucional, Juicio político, Kelsen, Separación de poderes, Neoconstitucionalismo, EcuadorResumen
Este artículo demuestra que el juicio político a la Corte Constitucional del Ecuador es incompatible, en el plano jurídico y epistemológico, con el Estado constitucional de derechos. Se parte de un análisis histórico de la responsabilidad política, desde su origen parlamentario inglés fundado en la supremacía del Parlamento sobre el poder regio hasta su reconfiguración en el presidencialismo estadounidense y su adaptación al neoconstitucionalismo latinoamericano. Con base en la Teoría Pura del Derecho de Hans Kelsen y en la distinción entre ser y deber ser, se argumenta que el derecho es un sistema autónomo cuya validez depende de su coherencia interna y de la supremacía constitucional, resguardada por el control jurisdiccional. De ello se derivan cuatro conclusiones principales: 1) la función de la Corte es interpretativa y carece de voluntad política evaluable por eficiencia; 2) el artículo 431 de la Constitución excluye expresamente el juicio político y remite los delitos a la jurisdicción penal ordinaria, evitando el non bis in ídem; 3) la distinción entre dictámenes y sentencias es artificial, pues todas las competencias de la corte comparten la misma naturaleza interpretativa y 4) se refuta la invocación extensiva de la teoría de pesos y contrapesos, señalando que los contrapesos aplicables a la función judicial son normativos y procesales, no políticos. Se concluye que cualquier desacuerdo con las decisiones de la Corte debe canalizarse mediante mecanismos constitucionales recursos, acciones y reformas que respeten la independencia judicial y mantengan la autonomía del derecho frente a mayorías coyunturales.