Análisis del derecho de repetición en las sentencias de acción de protección. Estudio del cantón Azogues entre los años 2023-2024
DOI:
https://doi.org/10.26871/directum.v3.n1.44Palabras clave:
Derecho, Acción, Repetición, Acción de protección, Derecho de repeticiónResumen
El presente trabajo estudió la relación que existe entre las garantías jurisdiccionales y el derecho de repetición reconocido en la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, en el marco del Estado constitucional de derechos ecuatoriano. La metodología partió de un enfoque cualitativo, con la utilización de los siguientes métodos: inductivo-deductivo, analítico-sintético, histórico-lógico, comparativo, así como la utilización de la técnica de fichaje y revisión bibliográfica. Como resultado, se justificó teóricamente que la norma que obliga a que el juez ponga en conocimiento de la máxima autoridad de la institución declarada como responsable, o del Procurador General del Estado, según sea el caso, para que estos ejerzan el derecho de repetición, es ineficaz. Adicionalmente, resulta necesario que los jueces y demás agentes del Estado a los que dicha norma les coloca en condición de legitimados activos cumplan su rol como garantes de los recursos de este, en el caso de que se determine que una vulneración de derechos fue por responsabilidad directa de un servidor público. Por tanto, a fin de analizar esta problemática se ha optado por la realización de diversas actividades investigativas tales como entrevistas realizadas tanto a jueces y funcionarios de la función judicial como a un docente universitario. Con base en estas actividades se constató que no existió ningún caso de derecho de repetición dentro de nuestro cantón, entre los años 2023 y 2024. Consecuentemente la inaplicación de este derecho causa que el Estado tenga significativas pérdidas económicas, pues tales montos jamás son recuperados.